España – Nuevas normas sobre igualdad retributiva y planes de igualdad

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El Gobierno español ha aprobado recientemente dos nuevas normas sobre la igualdad retributiva y los planes de igualdad que entrarán en vigor el enero y abril 2021 y que afectan a todas las empresas.

1. Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro

Se entiende por “plan de igualdad”, aquel conjunto ordenado de medidas adoptadas tras la realización de un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

Están obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad todas aquellas empresas que cuenten con 50 o más trabajadores, siendo su implantación de carácter voluntario para las demás empresas. En todo caso, los planes de igualdad, incluidos los diagnósticos previos, deben ser objeto de negociación con la representación legal de los trabajadores, de conformidad con el procedimiento legalmente establecido al efecto.

En cuanto al contenido de los planes, deben incluir, entre otros, definición de objetivos cuantitativos y cualitativos, descripción de las medidas concretas a adoptar, identificación de medios y recursos, calendario de actuaciones, sistemas de seguimiento y evaluación, etc. Además, han de ser objeto de inscripción obligatoria en un registro público.

Este nuevo Real Decreto entrará en vigor en fecha 14 de enero de 2021.

2. Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres

Este nuevo Real Decreto tiene por objeto poner en marcha medidas específicas que permitan hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva.

Para ello, tanto las empresas como los convenios colectivos deben integrar y aplicar el llamado “principio de transparencia retributiva”, que es aquel que, aplicado a los distintos aspectos que determinan la retribución de los trabajadores, permite obtener información suficiente y significativa sobre el valor que se atribuye a dicha retribución.

Para la aplicación del citado principio, el Real Decreto prevé, fundamentalmente, dos instrumentos:

  • Registro retributivo: Todas las empresas deben contar con un registro retributivo accesible para la representación legal de los trabajadores. El mismo debe incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la totalidad de la plantilla (incluido personal directivo y altos cargos) disgregados por sexo.
  • Auditoría retributiva: Aquellas empresas que elaboren un plan de igualdad, deben incluir en el mismo una auditoría retributiva. Su finalidad es comprobar si el sistema retributivo de la empresa cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad, definiendo las necesidades para evitar, corregir y prevenir los obstáculos y dificultades que pudieran existir.

Las medidas contenidas en esta nueva norma entrarán en vigor el 14 de abril de 2021.

Jose Luis Herrero
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