{"id":9115,"date":"2019-03-12T09:10:07","date_gmt":"2019-03-12T08:10:07","guid":{"rendered":"https:\/\/www.legalmondo.com\/?p=9115"},"modified":"2019-02-19T09:19:57","modified_gmt":"2019-02-19T08:19:57","slug":"mexico-protocolo-actuacion-casos-discriminacion-violencia-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.legalmondo.com\/es\/2019\/03\/mexico-protocolo-actuacion-casos-discriminacion-violencia-laboral\/","title":{"rendered":"M\u00e9xico \u2013 Protocolo de actuaci\u00f3n en casos de discriminaci\u00f3n y violencia laboral"},"content":{"rendered":"<p>La fracci\u00f3n parlamentaria de Morena (partido con mayor\u00eda en el Congreso) present\u00f3 recientemente una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Trabajo (LFT), que entre otros tiene por objeto incorporar la obligaci\u00f3n de los patrones de implementar, un <strong>protocolo para prevenir la discriminaci\u00f3n por razones de g\u00e9nero y atenci\u00f3n de casos de violencia y acoso sexual<\/strong>.<\/p>\n<p>Si bien este tipo de conductas ya se encuentran contempladas en la LFT como una causal de rescisi\u00f3n para el patr\u00f3n y el trabajador, previendo una sanci\u00f3n pecuniaria para el patr\u00f3n que las realice, tolere o permita que oscila entre $18K pesos (US $1K) a $365K pesos (US $20K) aprox., con la reforma se pretende garantizar la existencia de un mecanismo que proteja de manera efectiva el derecho del trabajador a un trato digno y de igualdad.<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda de Trabajo y Previsi\u00f3n Social (STPS) actualmente cuenta con un modelo de <strong>protocolo<\/strong> de atenci\u00f3n frente a casos de violencia laboral <strong>con el fin de fomentar en las empresas mexicanas la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y acciones para detectar, prevenir y atender este tipo de situaciones.<\/strong><\/p>\n<p>La STPS propone la creaci\u00f3n de una comisi\u00f3n constituida por representantes de la empresa y los trabajadores, cuyas principales funciones ser\u00edan:<\/p>\n<p>\u2022\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Implementar el protocolo en comento;<\/p>\n<p>\u2022\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Recibir, atender y resolver las quejas que presenten los trabajadores sobre violencia laboral; as\u00ed como<\/p>\n<p>\u2022\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Imponer las sanciones que correspondan a los trabajadores en el \u00e1mbito laboral, las cuales deber\u00e1n estar previstas en el <strong>Reglamento Interior de Trabajo<\/strong> que rija dentro de la empresa.<\/p>\n<p>En aras de que el protocolo sea un mecanismo efectivo que combata este tipo de conductas dentro de las empresas, se recomienda que el mismo establezca como m\u00ednimo:<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Procesos de diagn\u00f3stico que permitan identificar el <strong>nivel<\/strong> <strong>de<\/strong> <strong>riesgo<\/strong> de la empresa para definir las medidas preventivas m\u00e1s adecuadas.<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Acciones de sensibilizaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n<\/strong> que promueva la no violencia laboral, permita a los trabajadores identificar con toda claridad si son v\u00edctimas de este tipo de conductas, las instancias a las cuales pueden acudir y los pasos a seguir para la presentaci\u00f3n de una queja.<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Mecanismos para que los trabajadores puedan <strong>denunciar este tipo de hechos<\/strong>.<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Procesos para la investigaci\u00f3n<\/strong> de las conductas denuncias.<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong>Lineamientos<\/strong> para determinar las sanciones aplicables para los trabajadores que incurran en este tipo de conductas.<\/p>\n<p>Considerando que la aprobaci\u00f3n de esta reforma es inminente y a fin de garantizar el cumplimiento de la misma a la fecha de su publicaci\u00f3n y entrada en vigor, resulta conveniente que las <strong>empresas inicien con la implementaci\u00f3n de sus sistemas de compliance<\/strong>, para evitar cualquier sanci\u00f3n que pudiera derivar de alguna visita de inspecci\u00f3n por parte de la STPS.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que estos sistemas no s\u00f3lo cumplen una funci\u00f3n de cumplimiento normativo, sino que tambi\u00e9n traen consigo m\u00faltiples <strong>beneficios para las empresas<\/strong>, en materia de prevenci\u00f3n de riesgos operativos, laborales y legales.<\/p>\n<p>Es sabido que las pr\u00e1cticas denigratorias en el ambiente laboral son una de las principales causas del ausentismo, de rotaci\u00f3n personal y de disminuci\u00f3n en el rendimiento. Este tipo de incidencias tienen repercusiones econ\u00f3micas negativas para las empresas, tanto en sus costos como en su productividad.<\/p>\n<p>La implementaci\u00f3n de un sistema efectivo de compliance permite asegurar un <strong>comportamiento de respeto dentro de la organizaci\u00f3n<\/strong>, creando un <strong>ambiente laboral sano<\/strong> que ayuda a reducir estas incidencias y a potenciar las capacidades del capital humano, para que las empresas puedan cumplir con sus prop\u00f3sitos comerciales y financieros.<\/p>\n<p>Estos sistemas tambi\u00e9n ayudan a <strong>disminuir el riesgo de que las empresas queden expuestas<\/strong> a reclamaciones de esta \u00edndole por parte de sus trabajadores, as\u00ed como a las contingencias y responsabilidades que pudieran derivar de las mismas, tanto en el \u00e1mbito laboral, civil y penal. 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