Mudarse a España por motivos laborales | Aspectos legales clave a tener en cuenta antes de alquilar o comprar una propiedad

26 febrero 2026

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Trasladarse a España por motivos profesionales suele vivirse como una oportunidad: nuevo proyecto, nuevo entorno y, en muchos casos, mejora en calidad de vida. Sin embargo, la experiencia práctica demuestra que las mayores dificultades no suelen surgir en el ámbito laboral, sino en cuestiones aparentemente accesorias como la vivienda y su encaje jurídico y fiscal.

Antes de firmar un contrato de alquiler o comprometerse con la compra de un inmueble, es imprescindible entender cuál es la propia situación administrativa y tributaria. Ese análisis previo evita problemas posteriores que, una vez firmado el contrato, pueden resultar costosos o difíciles de resolver.

Situación administrativa: punto de partida obligatorio

No todos los ciudadanos extranjeros se encuentran en la misma posición legal.

Los ciudadanos de la Unión Europea pueden residir y trabajar en España, pero deben obtener un Número de Identificación de Extranjero (NIE), inscribirse en el Registro Central de Extranjeros y empadronarse en el municipio correspondiente.

En el caso de nacionales de terceros países, la situación es distinta: es necesario contar con visado o autorización de residencia y trabajo, y posteriormente solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Esta regularización no es un simple trámite formal. Sin documentación en regla pueden surgir dificultades prácticas relevantes: apertura de cuentas bancarias, contratación de suministros, acreditación de solvencia ante propietarios o incluso formalización de escrituras notariales.

Alquiler: aspectos que conviene revisar antes de firmar

El mercado de arrendamiento en España está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Aunque la firma del contrato no exige residencia previa, en la práctica muchos propietarios solicitan garantías adicionales cuando el inquilino acaba de llegar al país.

Es importante analizar:

  • Duración pactada.
  • Régimen de actualización de renta.
  • Fianza y garantías adicionales.
  • Cláusulas de desistimiento anticipado.

Firmar con urgencia, sin comprender el alcance de estas condiciones, puede generar obligaciones económicas que no siempre se ajustan a la situación real del trabajador desplazado.

Compra de vivienda: posibilidad jurídica y efectos fiscales

Un extranjero puede adquirir libremente un inmueble en España, incluso sin ser residente. No existe limitación por nacionalidad.

No obstante, la operación tiene consecuencias fiscales que deben valorarse previamente. En vivienda usada se abona el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, cuyo tipo depende de la Comunidad Autónoma. En obra nueva se aplican IVA y Actos Jurídicos Documentados. A ello se añaden los gastos notariales y registrales.

La formalización requiere escritura pública ante notario e inscripción en el Registro de la Propiedad para garantizar plena seguridad jurídica frente a terceros.

Residencia fiscal: el elemento determinante

Uno de los puntos más sensibles es determinar si el trabajador desplazado adquiere la condición de residente fiscal en España.

Con carácter general, se considera residente quien permanece más de 183 días durante el año natural en territorio español o quien sitúa aquí el núcleo principal de sus intereses económicos. No es una cuestión meramente administrativa; depende de circunstancias objetivas.

La diferencia es sustancial:

  • El residente fiscal tributa en España por su renta mundial.
  • El no residente tributa únicamente por las rentas obtenidas en España, bajo el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

En el caso de ser propietario de un inmueble, incluso aunque no se alquile, puede generarse la obligación de declarar una renta imputada si no constituye vivienda habitual.

Coordinación con el país de origen

El traslado profesional no elimina automáticamente las obligaciones fiscales en el país de procedencia. España mantiene convenios para evitar la doble imposición con numerosos Estados, pero su aplicación requiere análisis individualizado.

Una planificación insuficiente puede dar lugar a situaciones de doble tributación, conflictos de residencia fiscal o requerimientos posteriores de las administraciones tributarias implicadas.

Planificar antes de comprometerse

La secuencia correcta no comienza con la firma del contrato de alquiler ni con la reserva de una vivienda. Comienza por clarificar la situación migratoria, definir el encaje fiscal y evaluar las implicaciones jurídicas de cada decisión.

La vivienda no es únicamente una cuestión inmobiliaria. Es una decisión patrimonial con impacto tributario y efectos jurídicos que pueden proyectarse durante años.

Cuando el traslado implica cruzar fronteras, la improvisación deja de ser una opción razonable. La planificación previa no solo aporta seguridad: evita costes innecesarios y protege la estabilidad del proyecto profesional que motiva el cambio.

Paula Gaspar Álvarez Novoa

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